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Inspección Técnica de Edificios, ITE

 

¿Qué es la ITE?

La inspección técnica de edificios o edificaciones, ITE, es un control técnico al que deben someterse cada cierto tiempo los edificios. La ITE es un tipo de mantenimiento legal preventivo, por el cual se somete periódicamente a los edificios a la revisión de una serie de elementos que afectan a la seguridad del inmueble y de las personas que lo habitan.

 

¿Qué normativa regula las ITE?

Las ITE vienen reguladas por el Real Decreto-ley 8/2011 de 1 de julio en su capítulo IV y en el caso de Valencia por la Ley Urbanística Valenciana, L.U.V., en su artículo 207. Inspección periódica de construcciones.

 

¿Qué edificios deben someterse a una ITE?

Los propietarios de toda edificación catalogada o de antigüedad superior a 50 años deberán promover, al menos cada cinco años, una inspección, a cargo de facultativo competente, para supervisar su estado de conservación.

 

¿Qué contiene el informe ITE?

El facultativo consignará los resultados de su inspección expidiendo un certificado que describa los desperfectos apreciados en el inmueble, sus posibles causas y las medidas prioritarias recomendables para asegurar su estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales o para mantener o rehabilitar sus dependencias en condiciones de habitabilidad o uso efectivo según el destino propio de ellas. Asimismo dejará constancia del grado de realización de las recomendaciones expresadas con motivo de la anterior inspección periódica.

 

¿Qué debo hacer con el informe?

La eficacia del certificado exige remitir copia de él al Ayuntamiento y al Colegio Profesional correspondiente.

El Ayuntamiento podrá exigir de los propietarios la exhibición de los certificados actualizados de inspección periódica de construcciones y, si descubriera que éstas no se han efectuado, podrá realizarlas de oficio a costa de los obligados.

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