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Licencias de obra menor
¿Que es la licencia de obra menor?
Según la Ordenanza Municipal Reguladora de las licencias de obras menores y elementos auxiliares de obras del 30 de Enero de 2009, en su Artículo 2:“ Son obras menores todas aquellas que, por razón de su sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, puedan ser consideradas como tales, incluidas las de modificación de la disposición interior de los edificios."
¿Qué tipo de obras están consideradas dentro de las obras menores?
A tal efecto y con carácter meramente enunciativo, el Anexo I de la Ordenanza Municipal Reguladora establece la tipología o supuestos de obra menor.
Algunos supuestos de tipología de obras menores son:
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Obras de conservación y mantenimiento de fachadas. Restauración total de fachadas: sustitución de elementos dañados por otros, obras de limpieza exterior y pintura, cerrajería exterior, carpintería exterior, persianas, molduras, etc. Reparación puntual en paramento exterior del edificio: fachadas, balcones, elemento salientes, retejado parcial de cubiertas y otros elementos relativos a la infraestructura del edificio.
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Obras de acondicionamiento menor de viviendas que no impliquen cambio de uso de la vivienda y no incidan en los elementos comunes del edificio.
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Obras de acondicionamiento menor de locales que no afecten la estructura del local, no modifiquen el uso del mismo y no incidan sobre el uso de la actividad o modifiquen los términos o condiciones en que se autorizó la misma en la correspondiente licencia o comunicación
¿Están incluidas las modificaciones de uso, volumen o superficie construída de inmuebles?
No se consideran obras menores aquellas que impliquen modificación de usos.
En ningún caso, las obras menores supondrán alteración de volumen o superficie construida, reestructuración, modificación sustancial de elementos arquitectónicos o comunes de un inmueble, del número de viviendas o locales que fueron autorizados por la licencia originaria del edificio, ni afectarán a la estructura (pilares, vigas, etc.), o al diseño exterior ni mermarán las condiciones de habitabilidad o seguridad en el edificio o instalación
¿Que normativa regula las licencias de obra menor?
Actualmente, el marco normativo de las licencias urbanísticas, entre las que se encuadran las obras menores, viene fijado por la Ley Urbanística Valenciana 16/2005, de 30 de diciembre, y el Decreto 67/2006, de 12 de mayo, de la Conselleria de Territori i Habitatge, en virtud del cual se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, modificado posteriormente por Decreto 36/2007, de 13 de abril, junto con la normativa de carácter técnico constituida por el
Código Técnico de la Edificación.”